Jurisprudencia. Dies a quo del plazo de prescripción del derecho para liquidar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en transmisión de los derechos hereditarios del heredero fallecido .
Tributación ISD. El Tribunal Supremo fija criterio sobre la reducción por parentesco al consolidarse el dominio sin haber autoliquidado el Impuesto de Sucesiones y Donaciones por la herencia, ya prescrita.
El pasado 26 de julio, los máximos represntantes de ambas instituciones, sellaron un pacto que marca un antes y un después en la relación entre notarios y gestores administrativos.
El Tribunal Supremo ha emitido una nueva aclaración sobre los plazos de los que dispone la Agencia Tributaria (AEAT) para exigir el pago de deudas tributarias.
La Dirección General de Tributos (DGT), órgano directivo del Ministerio de Hacienda, consolida doctrina y confirma que las empresas arrendadoras pueden contratar a una firma especializada en la gestión de activos (en vez de tener, al menos, un empleado a jornada completa) para considerar que realizan una actividad económica y que, por tanto, no son una patrimonial.
ITPyAJD. Se ha publicado la Orden ECO/152/2024, de 5 de julio, por la cual se aprueban los modelos de autoliquidación del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados gestionado por la Agencia Tributaria de Cataluña (DOGC n.º 9199, de 8 de julio).
Tributación ISD. El Tribunal Supremo confirma que el dies a quo del plazo de prescripción del derecho a liquidar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en aquellos supuestos de adquisiciones por causa de muerte en los que el heredero fallece sin aceptar ni repudiar la herencia y el derecho se transmite a sus herederos, que son quienes aceptan y adquieren la condición de sujetos pasivos del impuesto.
Tributación ISD. Cuando la adquisición hubiera sido a título lucrativo, para calcular el valor de adquisición se aplicarán las reglas de las adquisiciones a título oneroso, tomando como importe real de la adquisición, el que resulte de aplicar las normas del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, sin que pueda exceder del valor de mercado.
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